
Antes de levantar una sola pared, las autoridades ambientales y de gestión del riesgo deben responder una pregunta técnica ineludible: ¿qué zonas deben reubicarse, y cuáles pueden reconstruirse con intervención?
El terremoto del 10 de agosto de 2026 ocurrido en Colombia ha dejado, según el reporte dado por el presidente Abelardo de la Espriella en las últimas horas, 265 víctimas fatales, 3.494 heridos, 496 desaparecidos y más de 53.816 personas afectadas.
Además, se registran 11.347 viviendas destruidas, 140 edificios colapsados y 53.526 viviendas averiadas. También hay afectaciones en 1.819 centros educativos, 179 centros de salud, 203 vías, 631 centros comunitarios y 44 acueductos, mientras que cinco aeropuertos presentan daños en sus pistas. Según el último reporte de la UNGRD, estos son los datos preliminares del sismo de magnitud 7,4, con epicentro en San José del Palmar, Chocó.
Como ha ocurrido antes en Colombia, la emergencia inmediata concentrará —con razón— toda la atención pública en las próximas semanas. Pero la pregunta que debería empezar a hacerse desde hoy es otra: ¿qué tipo de reconstrucción vamos a construir?
Colombia ya conoce esta historia. Armenia en 1999 y Popayán en 1983 dejaron lecciones que no siempre se convirtieron en política pública duradera. La diferencia entre una reconstrucción que repite la vulnerabilidad y una que la reduce no está en la velocidad con la que se entregan viviendas, sino en las decisiones jurídicas, ambientales y estructurales que se toman en los primeros meses.
El marco jurídico existe, la ejecución es la prueba
La Ley 1523 de 2012 estableció el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y creó el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo, con mecanismos específicos para la fase de reconstrucción. Sin embargo, enfrenta una grave crisis institucional, marcada por la corrupción y la desconfianza para seguir recibiendo financiamiento, lo que limita su capacidad operativa frente a emergencias como la que estamos viviendo. Por su parte, el Fondo Adaptación, nacido tras la ola invernal de 2010-2011, mostró que Colombia puede movilizar recursos técnicos y financieros de gran escala para procesos de reconstrucción integral. Habrá que ver cómo avanzamos para rescatar procesos administrativos valiosos y brindar ayuda idónea en tiempo récord.
En esta línea, el riesgo no es la ausencia de normativa. El riesgo es lo que ya hemos visto en procesos anteriores: competencias difusas entre Nación y entes territoriales, contratación de emergencia con controles debilitados, y presión para mostrar resultados visibles —viviendas entregadas— antes que resultados duraderos —viviendas seguras y bien ubicadas.
La contratación de emergencia en Colombia tiene un historial de vigilancia insuficiente. La Contraloría y la Procuraduría deberían tener, desde el primer día, visibilidad plena sobre los contratos de reconstrucción en las regiones afectadas. La transparencia no es un lujo posterior; es una condición para que los recursos lleguen a quienes los necesitan, y eso lo hizo saber con contundencia el presidente De la Espriella durante la declaratoria de emergencia económica y el anuncio del «Fondo Milagro» para la reconstrucción: «Así evitamos que ladrones y gente mal intencionada se aprovechen del dolor y la necesidad de los afectados, para que todos los recursos lleguen a donde tienen que llegar».
Reubicar antes de reconstruir
Uno de los errores más costosos —literal y socialmente— en procesos de reconstrucción post-sísmica es reedificar sobre suelos que ya se sabían de riesgo no mitigable. Antes de levantar una sola pared, las autoridades ambientales y de gestión del riesgo deben responder una pregunta técnica ineludible: ¿qué zonas deben reubicarse, y cuáles pueden reconstruirse con intervención?
Esta decisión no es menor. Reconstruir en el mismo lugar sin estudios de suelo actualizados no es resiliencia, es aplazar el próximo desastre. La gestión de escombros también exige un enfoque ambiental serio: separación de materiales aprovechables, disposición controlada de residuos de construcción y demolición, y evitar que la urgencia se traduzca en vertederos improvisados que generen pasivos ambientales adicionales en zonas ya golpeadas.
Construir con la norma, no a pesar de ella
La Norma Sismo Resistente Colombiana (NSR-10) establece los requisitos técnicos mínimos para que una edificación resista un sismo sin colapsar. El problema histórico no ha sido la norma —técnicamente robusta— sino su cumplimiento efectivo, particularmente en vivienda de interés social y en construcción informal, donde la supervisión técnica suele ser la primera víctima de los recortes de costos.
La reconstrucción del Chocó, Caldas, el Valle del Cauca y Risaralda es una oportunidad concreta para exigir curaduría urbana rigurosa, interventoría técnica independiente en cada proyecto de vivienda, y verificación de calidad de materiales antes de la entrega. Si la reconstrucción repite los vicios de la construcción original, el país no está reduciendo su vulnerabilidad: la está aplazando hasta el próximo sismo.
La pregunta que debe quedar sobre la mesa
Cada terremoto en Colombia genera el mismo ciclo: solidaridad inmediata, promesas de reconstrucción, y con el tiempo, un silencio institucional que solo se rompe cuando ocurre el siguiente desastre. La diferencia entre este proceso y los anteriores no la va a marcar el monto de los recursos anunciados, sino la rigurosidad con la que se ejecuten.
La esperanza está puesta sobre el nuevo Gobierno Nacional, que con seguridad debe estar dispuesto, esta vez, a reconstruir con criterios de sismorresistencia real, reubicación técnica y vigilancia jurídica desde el primer contrato.
Desarrollo sostenible, legislación ambiental, cruz & asociados, asesoría legal ambiental.
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